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Avances en la adhesión de países a la Convención sobre Indemnización Suplementaria por Daños Nucleares

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Representantes de 14 Partes Contratantes y Signatarios y de 18 países observadores asistieron virtual o presencialmente a la reunión celebrada del 18 al 21 de junio.

Se están registrando avances en el establecimiento de un régimen mundial de responsabilidad por daños nucleares: este fue el mensaje que recibieron los participantes en la Cuarta Reunión de las Partes Contratantes y los Signatarios en la Convención sobre Indemnización Suplementaria por Daños Nucleares (Convención sobre Indemnización Suplementaria), celebrada en la Sede del OIEA en Viena (Austria) el mes pasado.

En su discurso de apertura, el Director General del OIEA, Rafael Mariano Grossi, destacó la importante función que desempeña un régimen internacional de responsabilidad para sustentar el aumento de la energía nucleoeléctrica a escala mundial con el fin de lograr cero emisiones netas de carbono y alcanzar los objetivos climáticos, así como para abordar el desarrollo económico y la seguridad energética. “La entrada en vigor de la Convención sobre Indemnización Suplementaria en 2015 fue un hito importante en el establecimiento de un régimen mundial de responsabilidad por daños nucleares. En la actualidad es el instrumento que abarca el mayor número de reactores nucleares de potencia en todo el mundo, aproximadamente 180”, explicó el Director General.

Unos 60 representantes de 14 Partes y Signatarios (Argentina, Australia, Canadá, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Filipinas, Ghana, India, Indonesia, Japón, Líbano, Lituania, Marruecos y Perú) y de 18 países observadores invitados (Alemania, Armenia, Brasil, Bulgaria, China, España, Estonia, Finlandia, Kenya, México, Myanmar, Paraguay, Polonia, Reino Unido, Singapur, Sudáfrica, Tailandia y Uruguay), así como observadores invitados de suministradores nucleares, aseguradoras, entidades crediticias, la Unión Europea y la Agencia para la Energía Nuclear de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), participaron en la Cuarta Reunión.

La reunión se centró en las iniciativas destinadas a ampliar el número de miembros de la Convención sobre Indemnización Suplementaria y a ofrecer orientaciones sobre cómo funciona. En particular, representantes de países que están en proceso de adherirse a la Convención sobre Indemnización Suplementaria, o considerando seriamente esa posibilidad, compartieron sus opiniones y perspectivas sobre la Convención, incluidas sugerencias sobre actividades que podrían facilitar la decisión de adherirse a este instrumento. Se señalaron diferentes razones por las que adherirse a la Convención sobre Indemnización Suplementaria, entre ellas, las posibilidades que esta ofrece de aumentar la aceptación pública a través de una mayor indemnización garantizada, de abordar las preocupaciones relacionadas con la cadena de suministro, de promover la confianza de los inversores y las entidades crediticias, y de garantizar las relaciones convencionales con los países vecinos y con los países donde se encuentran los suministradores, los inversores y las entidades crediticias. Los participantes procedentes de la industria opinaron que un régimen mundial de responsabilidad basado en la Convención sobre Indemnización Suplementaria facilitaría enormemente el tratamiento de la responsabilidad por daños nucleares en los proyectos nucleoeléctricos de todo el mundo, y expresaron la esperanza de que más países se adhieran a la Convención.

Ben McRae, Presidente de la Cuarta Reunión y Asesor General Asistente sobre Programas Nucleares Civiles en el Departamento de Energía de los Estados Unidos de América, dijo que el régimen mundial de responsabilidad por daños nucleares basado en la Convención sobre Indemnización Suplementaria es clave para aprovechar todas las posibilidades que ofrece la energía nucleoeléctrica en la lucha contra el cambio climático, así como en favor del desarrollo económico y la seguridad energética.

 “La Convención sobre Indemnización Suplementaria garantiza una indemnización rápida, equitativa y significativa por los daños causados a personas, bienes y el medio ambiente, y proporciona la certidumbre jurídica necesaria para que operadores, suministradores, inversores, entidades crediticias y aseguradoras participen en proyectos nucleares.

 La Convención sobre Indemnización Suplementaria proporciona a los países vecinos los medios para adoptar un enfoque regional a la hora de abordar la responsabilidad y garantiza que los tribunales de un Estado ribereño tengan jurisdicción exclusiva en lo que se refiere a un accidente nuclear en su mar territorial y zona económica exclusiva”, explicó el Sr. McRae.

Representantes del sector financiero y de la comunidad de aseguradoras también proporcionaron información sobre cómo evalúan el riesgo nuclear cuando toman decisiones sobre inversiones y seguros para proyectos nucleoeléctricos. Los participantes recibieron información actualizada sobre la situación de las indemnizaciones tras el accidente en la central nuclear de Fukushima Daiichi.

Anthony Wetherall, Jefe de la Sección de Derecho Nuclear y de los Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos del OIEA, afirmó que “las reuniones anuales de la Convención sobre Indemnización Suplementaria y la labor entre reuniones contribuyen a que las Partes estén preparadas para poner en práctica la Convención, incluido el fondo internacional suplementario, si en algún momento fuera necesario. Además de examinar cuestiones conexas, un objetivo clave de esta reunión es crear más conciencia y ampliar el conocimiento de la Convención sobre Indemnización Suplementaria entre los países que desean adherirse a ella”.

La Reunión Inaugural de las Partes Contratantes y los Signatarios en la Convención sobre Indemnización Suplementaria se celebró en Ottawa (Canadá) en 2019 y, en ella, el OIEA aceptó la solicitud de ejercer las funciones de secretaría en futuras reuniones y convocar dichas reuniones periódicamente. Antecedentes

La Convención sobre Indemnización Suplementaria por Daños Nucleares se aprobó en 1997 bajo los auspicios del OIEA y es la única convención internacional de responsabilidad por daños nucleares existente que abarca el mayor número de reactores nucleares de potencia en todo el mundo, aproximadamente 180, es decir, el 43 % de los reactores nucleares de potencia operacionales. La Convención sobre Indemnización Suplementaria cuenta con 11 Partes (Argentina, Benin, Canadá, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Ghana, India, Japón, Marruecos, Montenegro y Rumanía) y 11 Signatarios (Australia, Filipinas, Indonesia, Italia, Líbano, Lituania, Mauricio, Perú, República Checa, Senegal y Ucrania). La Convención funciona como un “paraguas” para todos los países que son partes en uno de los convenios o convenciones internacionales sobre responsabilidad por daños nucleares existentes o que cuentan con una legislación nacional que se ajusta a los principios básicos de responsabilidad por daños nucleares que figuran en el anexo de la Convención sobre Indemnización Suplementaria. La calculadora del OIEA para la Convención sobre Indemnización Suplementaria, disponible en línea, permite a los países elaborar escenarios de posibles contribuciones al fondo internacional suplementario de la Convención sobre Indemnización Suplementaria, cuya disponibilidad está sujeta a condiciones.

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