Departamento de Cooperación Técnica

Este Departamento se encarga de formular y cumplir el mandato del OIEA en materia de desarrollo. La cooperación técnica del Organismo con los Estados Miembros tiene como objetivo promover efectos socioeconómicos tangibles, prestando para ello apoyo al uso de la ciencia y la tecnología nucleares a fin de responder a las principales prioridades de desarrollo sostenible a escala nacional, regional e interregional. La estructura organizativa del Departamento puede consultarse en este enlace.

División de Apoyo y Coordinación del Programa

Esta División elabora estrategias, directrices y procedimientos para el programa de cooperación técnica del OIEA. Una de sus funciones fundamentales es llevar a cabo la supervisión y el control financieros del programa, y crear y mantener los sistemas de gestión de datos e información de este. La División crea instrumentos para la gestión y supervisión del programa, así como para la capacitación, la autoevaluación y la garantía de la calidad; también se ocupa de buscar oportunidades de asociación y de coordinar los esfuerzos de movilización de recursos institucionales. 

Divisiones para África, Asia y el Pacífico, Europa, y América Latina y el Caribe

Estas divisiones se encargan de idear, gestionar, supervisar y examinar las actividades del programa de cooperación técnica del OIEA en los países de su ámbito regional.

División para África: Angola, Argelia, Benin, Botswana, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Chad, Comoras, Congo, Côte d’Ivoire, Djibouti, Egipto, Eritrea, Eswatini, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Kenya, Lesotho, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Malí, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, República Unida de Tanzanía, Rwanda, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudáfrica, Sudán, Togo, Túnez, Uganda, Zambia y Zimbabwe.

División para Asia y el PacíficoAfganistán, Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh, Brunei Darussalam, Camboya, China, Emiratos Árabes Unidos, Fiji, Filipinas, Indonesia, Iraq, Islas Marshall, Israel, Jordania, Kuwait, Líbano, Malasia, Mongolia, Myanmar, Nepal, Omán, Pakistán, Palau, territorios bajo la jurisdicción de la Autoridad Palestina, Papua Nueva Guinea, Qatar, República Árabe Siria, República Democrática Popular Lao, República Islámica del Irán, Samoa, Singapur, Sri Lanka, Tailandia, Vanuatu, Viet Nam y Yemen.

División para EuropaAlbania, Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Estonia, Georgia, Grecia, Hungría, Kazajstán, Kirguistán, Letonia, Lituania, Malta, Montenegro, Macedonia del Norte, Portugal, Polonia, República de Moldova, Rumania, Federación de Rusia, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Tayikistán, Türkiye, Turkmenistán, Ucrania y Uzbekistán.

División para América Latina y el CaribeAntigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Estado Plurinacional de Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Bolivariana de Venezuela, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tabago, y Uruguay.

División del Programa de Acción para la Terapia contra el Cáncer

La División está a cargo del Programa de Acción para la Terapia contra el Cáncer (PACT), mediante el que se presta apoyo a los Estados Miembros a fin de que amplíen su acceso a tecnologías de la salud, desarrollen competencias y movilicen recursos para crear un espectro completo de servicios contra el cáncer eficaces.

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